En el presente artículo abordamos las Gratificaciones Fiestas Patrias correspondiente a los trabajadores del Régimen de la Actividad Privada.
Que trabajadores tienen derecho a las Gratificaciones Fiestas Patrias ?
Para hacerse acreedor a este beneficio el trabajador debe haber laborado por lo menos un mes completo.El pago de este derecho laboral está exento del descuento por fondo pensionario, ya sea AFP o SNP. Además el aporte del 9% por concepto de EsSalud ya no sea abona al fisco sino al trabajador con el rótulo de Bonificación Extraordinaria .
Cómo se calcula la Gratificación?
Las Gratificaciones se calculan en base a la así llamada Remuneración Computable, que en principio viene a ser el sueldo completo del trabajador al 30 de Junio . Ésta a su vez esta conformada por los ingresos de naturaleza regular percibidos por los trabajadores mas los ingresos de naturaleza variable o imprecisa:
- Ingresos Regulares: Remuneración Básica, Asignación Familiar, Alimentación principal en dinero o en especie y Otros ingresos o bonificaciones percibidos mensualmente.
- Ingresos Variables: Horas extras, porcentaje por trabajo nocturno y Comisiones
Para el cálculo de la remuneraciones variables se toma en cuenta lo señalado por el Artículo 17 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-97-TR.
El mencionado articulo señala que en el caso de comisionistas, destajeros y en general de trabajadores que
perciban remuneración principal imprecisa, la remuneración computable se establece en base al promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo. En consecuencia los resultados de dichos promedios formarán parte de la remuneración computable.
Al mismo tiempo, si el trabajador viene laborando menos de 6 meses entonces el pago de la gratificación será proporcional al tiempo laborado
Ejemplo 1
Sueldo: S/. 1,000.00
Fecha de Ingreso: 20.11.2016
Gratificación Julio 2017: S/. 1,000.00
Bonificación Extraordinaria: S/. 90.00
Ejemplo 2
Sueldo: S/. 1,000.00
Fecha de Ingreso: 01.04.2017
Gratificación Julio 2021: S/. 500.00
Bonificación Extraordinaria: S/. 45.00
Ejemplo 3
Sueldo: S/. 1,000.00
Comisiones: Febrero 2021 S/. 250.00 , Abril 2021 S/. 350.00, Junio 2021 S/. 300.00
Fecha de Ingreso: 15.12.2016
Gratificación Julio 2021: S/. 1,150.00
Bonificación Extraordinaria: S/. 103.50
Tomar en cuenta que el plazo máximo para efectuar el pago es el 15 de Julio.


